Medidas para la protección laboral en el proceso de elecciones
Este fin de semana, se llevarán a cabo las elecciones de Alcaldes, Concejales, Gobernadores y Consejeros Regionales en Chile, siendo obligatoria la participación para todos los ciudadanos con domicilio electoral en el país, según el artículo 15 de la Constitución Política. En este contexto, la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) ha emitido directrices especiales para proteger a los trabajadores que deberán laborar durante el proceso electoral.
Según el Dictamen N°656 de la Dirección del Trabajo, los empleados que trabajen el 26 o 27 de octubre tendrán derecho a 3 horas para votar, eligiendo libremente el día para ejercer su derecho. Aquellos designados como vocales de mesa deberán cumplir con esta labor ambos días, conforme a lo establecido por la Ley N° 21.693.
La SUSESO ha clarificado que los accidentes ocurridos en el trayecto al lugar de votación serán considerados como accidentes de trayecto, incluso si implican una desviación del camino habitual. Asimismo, los accidentes sufridos al acudir al lugar de votación desde el trabajo serán tratados como accidentes con ocasión del trabajo.
Los organismos administradores del Seguro de la Ley N° 16.744 y las empresas con administración delegada deberán aplicar estas medidas para asegurar la protección de los trabajadores durante el proceso electoral.
Descarga el Dictamen 02410-2024 de la SUSESO
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