Investigación de enfermedad laboral por estrés postraumático
La Superintendencia de Seguridad Social ha emitido una resolución en la que instruye a una empresa con administración delegada a otorgar la cobertura del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, según la Ley N° 16.744, a un trabajador que presentó un cuadro de salud mental calificado como de origen laboral.
El caso se remonta a enero de 2024, cuando el trabajador comenzó a mostrar síntomas de estrés postraumático, supuestamente a raíz de un accidente laboral ocurrido en enero de 2023, en el que falleció un compañero. Aunque inicialmente la Isapre calificó el reposo médico como de origen laboral, la investigación posterior reveló inconsistencias en los relatos del trabajador, quien afirmaba haber participado en el rescate del compañero fallecido, lo que no pudo ser confirmado mediante videos y testimonios.
A pesar de la falta de evidencia directa sobre su participación en el rescate, la Superintendencia determinó que el cuadro de salud mental del trabajador está relacionado con su entorno laboral, y ordenó que se le otorgue la cobertura correspondiente. La resolución también señala que, durante el proceso, el trabajador presentó un riesgo de suicidio y fue hospitalizado en varias ocasiones debido a su inestabilidad emocional.
La empresa tiene un plazo de cinco días para cumplir con lo establecido, otorgando la cobertura bajo el Seguro de la Ley N° 16.744, y se ofrece la posibilidad de recurrir la resolución dentro del mismo plazo, presentando nuevos antecedentes.
Descarga el Dictamen 146234-2024 de la SUSESO
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