Cambios en la recaudación de cotizaciones de salud por Incapacidad Laboral

A partir de este mes, entra en vigencia la redistribución de la cotización de salud del 7% establecida por la Ley N°21.722, que modifica el esquema de financiamiento de los subsidios por incapacidad laboral (SIL) para los trabajadores afiliados al Fondo Nacional de Salud (FONASA).

Según la normativa, las Cajas de Compensación de Asignación Familiar (C.C.A.F.) podrán recaudar directamente un 3,1% de las remuneraciones imponibles de los trabajadores, en lugar del 5,4% previamente asignado. Esta modificación tiene como objetivo financiar los SIL de origen común con mayor eficiencia y claridad administrativa.

Aspectos clave de la implementación:

  • Comunicación a empleadores: Las C.C.A.F. deberán informar a las empresas afiliadas sobre los nuevos porcentajes, que comenzarán a aplicarse en las cotizaciones correspondientes a enero de 2025.
  • Adaptación de sistemas: Se actualizarán los sistemas operacionales y los formularios de recaudación para reflejar el cambio de tasa.
  • Recaudación diferenciada: Para casos que involucren períodos previos y posteriores al 1 de enero de 2025, las tasas se aplicarán proporcionalmente.
  • Gestión de excedentes y déficits: Cualquier excedente o déficit en la distribución de los fondos deberá ser transferido entre FONASA y las C.C.A.F. según las instrucciones de la Superintendencia de Seguridad Social.

  • Supervisión: Se establecerán procedimientos de verificación mensual coordinados entre FONASA y las C.C.A.F. para garantizar la correcta distribución de las cotizaciones.

Este cambio legal busca optimizar el manejo de recursos destinados a la seguridad social, reduciendo errores operativos y asegurando una administración más eficiente de los subsidios para los trabajadores. Las empresas y C.C.A.F. tienen el desafío de implementar estas modificaciones sin afectar el flujo normal de pagos.

Descarga el Dictamen O-02-S-00039-2025 de la SUSESO

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