Nuevas Directrices en Denuncias, Calificaciones y Transparencia

La Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), mediante el uso de sus facultades legales, ha emitido una nueva circular que introduce importantes modificaciones al Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, contiene en la Ley N°16.744. Estas actualizaciones buscan mejorar la claridad, eficiencia y transparencia en los procesos de denuncia, calificación de accidentes y enfermedades laborales, y difusión de información.

Denuncias y Atención Inicial

  • Formulario de advertencia: Los trabajadores, tanto dependientes como independientes, deberán recibir un formulario de advertencia antes de la atención médica. Este documento incluye información clave sobre sus derechos y debe ser firmado como señal de conocimiento, siempre que su estado de salud lo permita.
  • Notificación electrónica: Los trabajadores podrán optar por recibir notificaciones electrónicas sobre calificaciones y prestaciones, siendo responsables de mantener actualizados sus datos de contacto.

Calificación de Accidentes y Enfermedades

  • Lenguaje claro: Los informes de calificación deben redactarse de manera comprensible, evitando abreviaturas técnicas que dificulten su comprensión por parte de los trabajadores.
  • Folleto informativo: En casos donde un accidente o enfermedad se califique como de origen común o no laboral, se entregará un folleto explicativo para orientar al trabajador en los pasos a seguir. Este material podrá incluir un video educativo enviado por correo electrónico, siempre garantizando la seguridad de la información.

Transparencia y Difusión

  • Las mutualidades y administradores delegados deberán proporcionar información clara y accesible sobre sus procesos, utilizando formularios estandarizados que aseguren la comprensión de los trabajadores.
  • Se incorporan nuevas directrices sobre la entrega de información en medios físicos y digitales, reforzando la importancia de mantener al trabajador informado en cada etapa del proceso.

La circular establece que las modificaciones entrarán en vigor el 1° de mayo de 2025. Antes de esa fecha, los organismos administradores deberán realizar los ajustes necesarios para cumplir con las nuevas disposiciones.

Con estas actualizaciones, la SUSESO reafirma su compromiso de garantizar un sistema de seguridad social más transparente, inclusivo y centrado en las necesidades de los trabajadores chilenos.

Descarga la Circular N°3848 de la SUSESO

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