Regulación en la emisión de finiquitos laborales electrónicos

La Superintendencia de Insolvencia y Re emprendimiento, ha emitido un instructivo que regula la emisión de finiquitos laborales electrónicos en el contexto de los procedimientos concursales de liquidación. Publicado el 12 de noviembre de 2024 en el Diario Oficial, el instructivo permite que los finiquitos sean firmados electrónicamente, agilizando el proceso para trabajadores afectados por la quiebra de sus empleadores.

El instructivo establece que los liquidadores podrán generar finiquitos a través del portal “Mi DT” de la Dirección del Trabajo, utilizando la firma electrónica y sin la necesidad de acudir a un notario. Además, se detalla que los trabajadores podrán optar por firmar de forma electrónica o presencial, garantizando así flexibilidad y transparencia en el proceso. En caso de rechazo del finiquito, el documento deberá emitirse nuevamente en formato presencial dentro de los cinco días posteriores.

Esta medida busca modernizar y simplificar los trámites relacionados con el término de la relación laboral en procesos de liquidación, alineándose con las recientes reformas de digitalización en el sistema de insolvencia. Con el finiquito electrónico, los ex trabajadores podrán recibir sus pagos de manera más rápida y efectiva, mejorando la eficiencia y reduciendo los tiempos de espera en momentos críticos.

Descarga la Resolución Exenta N° 16245 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo

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