Conciliación de La Vida Personal, Familiar Y Laboral
Ley N° 21.645: Esta ley, conocida como la ley de Conciliación de la Vida Personal, Familiar y Laboral, fue publicada el 29 de diciembre de 2023. Modifica el Código del Trabajo para:
- Proteger la maternidad, paternidad y vida familiar.
- Regular el trabajo a distancia y el teletrabajo bajo ciertas condiciones.
La nueva normativa incorpora principios importantes como:
- Parentalidad positiva: Capacidades y funciones de los adultos responsables para el cuidado y desarrollo sano de sus hijos.
- Corresponsabilidad Social: Promoción en la sociedad de la conciliación entre la vida personal, familiar y laboral, especialmente para aquellos que realizan labores de cuidado no remunerado.
La protección a la maternidad y paternidad busca promover la igualdad de oportunidades y trato entre mujeres y hombres, preservando la salud y bienestar tanto de los niños como de sus padres. La ley que apoya esta protección entró en vigencia el 29 de enero de 2024, introduciendo medidas que facilitan la conciliación laboral para quienes tienen responsabilidades de cuidado. Estas medidas incluyen:
- Derecho preferente al uso del feriado legal.
- Modificación transitoria de turnos y distribución de la jornada laboral.
- Reducción transitoria de la jornada para quienes cuidan.
- Derecho a la modalidad híbrida de trabajo para quienes realizan trabajos de cuidado no remunerados.
Para facilitar la correcta interpretación y aplicación de esta ley, se han dictado dos normativas especiales: la Circular N° 30803 de la Superintendencia de Seguridad Social, y el Dictamen N° 67 de la Dirección del Trabajo. Estas normativas abordan la asistencia técnica en la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, y fijan el alcance de la ley N° 21.645, que regula el trabajo a distancia y el teletrabajo.
La implementación de esta ley supone un desafío importante para las empresas, ya que implica un cambio cultural necesario para subsanar la inequidad de género que ha impedido a muchas mujeres trabajar fuera de casa. Este cambio requiere acompañamiento institucional para cumplir los objetivos de la ley.
Para garantizar la correcta implementación de la ley, se ha establecido un observatorio sobre la Ley N° 21.645, que servirá como una instancia formal interna del Ministerio del Trabajo y Previsión Social para seguir y evaluar la implementación de la ley. El observatorio tendrá las siguientes funciones:
- Establecer un cronograma de trabajo semestral.
- Actualizar permanentemente las fuentes de información relevantes para el seguimiento de la ley.
- Proponer indicadores para el seguimiento de la implementación de la ley.
- Promover el diálogo social con organizaciones de trabajadores, empleadores y organismos de la sociedad civil.
- Registrar las acciones de educación, comunicación y capacitación realizadas por el Ministerio y sus servicios dependientes o relacionados.
Para mantener un seguimiento efectivo de la Ley N° 21.645, se debe:
- Actualizar regularmente las modificaciones normativas, circulares y dictámenes relacionados.
- Reunirse semestralmente con las unidades de género de las instituciones del sector para revisar acciones y evaluaciones en materia de conciliación.
- Diagramar los procesos y la institucionalidad involucrada en la implementación de la ley.
- Revisar políticas públicas e indicadores internacionales en materia de conciliación.
- Recoger opiniones, estudios o informes de centros de estudio u organizaciones sobre el sistema de conciliación.
- Elaborar informes semestrales con resultados de indicadores aprobados, registros de diálogos sociales, capacitaciones, procesos e instituciones involucradas, y normativa relacionada.
- Presentar semestralmente estos informes a las autoridades del Ministerio, con un resumen de políticas públicas e indicadores internacionales, y conclusiones de estudios sobre el sistema de conciliación chileno.
Descarga la resolución exenta 648 del 2024 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
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