cphs

¿Cuándo tengo que conformar CPHS?

Una empresa que realiza inspecciones técnicas en las obras de la línea 7 del metro de Santiago consulta a la DT cuantos CPHS se encuentra obligada a constituir.

La empresa mantiene 34 trabajadores, los cuales se encuentran distribuidos en cuatro frentes de trabajos distintos, entre ellos 17 personas en la oficina central, además de contar con  4, 5 y 8 trabajadores repartidos en los distintos piques.

A su vez la empresa indica que en los distintos piques que realiza inspecciones hay alrededor de 25 trabajadores, los cuales no pertenecen a la empresa que realiza la consulta, pero que está dotación aumentará próximamente.

A lo que la DT responde lo siguiente:

La empresa que realiza la consulta no estaría obligada a constituir un Comité Paritario de Higiene y Seguridad en las obras donde realiza la inspección técnica, ya que no se reuniría el número mínimo de trabajadores requerido por la normativa para hacerlo exigible. En contraste, la constructora a cargo de la ejecución de las obras sí estaría obligada a constituir dicho comité en aquellas faenas donde se cumple con el número mínimo de trabajadores establecido en el Decreto Supremo N°54.

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