Indemnización por daño moral
Empresa debe indemnizar por daño moral a trabajador que no fue capacitado para efectuar labores de fuerza y desarrolló una enfermedad profesional
En este caso, el trabajador presentó una demanda de indemnización de perjuicios por enfermedad profesional contra su empleador, una empresa de alimentos. El demandante alegó que no fue capacitado adecuadamente para realizar labores de fuerza, lo que resultó en el desarrollo de una enfermedad profesional. Después de ser diagnosticado por el OAL con varias afecciones relacionadas con su trabajo, el empleado fue reintegrado al trabajo sin las medidas de seguridad adecuadas, lo que agravó su lesión.
El tribunal de primera instancia acogió parcialmente la demanda, rechazando la compensación por lucro cesante, pero concediendo una indemnización por daño moral.
El fallo se basó en la responsabilidad de la empresa de proporcionar medidas de seguridad y capacitación para prevenir enfermedades profesionales, según la Ley N°16.744.
El tribunal consideró que la empresa no cumplió con su obligación, ya que no demostró haber informado ni capacitado adecuadamente al trabajador sobre los riesgos laborales, ni implementado las recomendaciones de la evaluación del OAL.
Como resultado, el tribunal condenó a la empresa a pagar al demandante la suma de $45.000.000.- como compensación por daño moral. Sin embargo, la sentencia aún está pendiente de resolución de recursos.
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