RCP y uso de DEA Decreto 56
El Decreto 56 aprueba el Reglamento sobre la obligación de disponer de desfibriladores externos automáticos portátiles en los establecimientos y recintos que indica, de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 21.156.
El presente Decreto Aprueba la Norma Técnica de Contenidos para Capacitación en Reanimación Cardiopulmonar Básica y Uso de Desfibrilador en Caso de Emergencia, con los contenidos indicados en el artículo 24 del Decreto 56.
Con respecto a las capacitaciones:
- En el caso de las capacitaciones deberán considerarse para un máximo de 6 personas, es decir, si la capacitación se realiza para 7 a 12 personas deberá duplicar estos recursos, entre 13 y 18 triplicar, y así sucesivamente.
- La certificación de la capacitación tendrá una vigencia de máximo 5 años, debiendo las instituciones obligadas a contar con DEA garantizar la capacitación continua de los trabajadores a cargo de responder a la emergencia
- El anexo “Contenidos para la Capacitación en Reanimación Cardiopulmonar Básica y Uso de Desfibrilador Externo Automático en Caso de Emergencia” deberá ratificarse o actualizarse al menos cada 5 años mediante el acto administrativo correspondiente.
Descarga el Decreto 52 del MINSAL de 2022
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Descarga el “Contenidos para la Capacitación en Reanimación Cardiopulmonar Básica y Uso de Desfibrilador Externo Automático en Caso de Emergencia”
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Hola, estimados ¿Quién esta autorizado para hacer estas capacitaciones? ¿puede realizarla un prevencionista con un curso previo? o solamente debe ser personal de la salud como una enfermera o un paramédico.
Hola Isabel, en este caso la guia de capacitación para RCP y uso de DEA indica lo siguiente:
“Todo instructor o instructora que se desempeñe realizando cursos de capacitación, con la correspondiente certificación deberá cumplir lo señalado en el artículo 22º del DS Nº56, es decir los instructores de cursos que entregan la certificación definida en el reglamento deberán ser médico cirujano o enfermera, pudiendo ser otro profesional de la salud con formación específica en reanimación cardiopulmonar y uso de desfibrilador, o bien, aquella persona que este acreditada como “Instructor o Facilitador en Reanimación Cardiopulmonar Básica por alguna entidad que sea miembro del “International Liaison Committee on Resuscitation”, el “Consejo Latinoamericano de Resucitación” o
cualquiera que haya sido reconocida por alguno de éstos, o los órganos que las reemplacen””
Saludos