Norma legal para constituir el CPHS de manera electrónica
Ordinario 5909 Dirección del trabajo
A raíz de una solicitud de pronunciamiento jurídico con respecto de la posibilidad de elegir a los representantes de los trabajadores de los CPHS, a través de un sistema de votación electrónica.
No existe impedimento para elegir a los representantes de los trabajadores mediante la votación electrónica, siempre y cuando se cumpla que:
- Se asegure totalmente el anonimato del electorado.
- Ser auditable.
- Contar con medidas de seguridad que impidan la intervención de terceros ajenos a la votación, además de contar con niveles de criptografía que asegure la integridad de la información y l transparencia del proceso electoral.
Descarga el Ordinario 5909 de la Dirección del Trabajo
Este contenido esta reservado para nuestros miembros premium, accede como miembro. Si todavía no eres miembro, accede con el link naranjo de patreon, para convertirte en miembro y poder acceder a todo el contenido descargable.