Circular N°3876 de la SUSESO
La SUSESO ha emitido la Circular N°3876, una nueva normativa que actualiza las instrucciones para la prevención del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo. Esta circular, con fecha de 25 de agosto de 2025, entrará en vigencia el 1 de octubre de 2025.
La nueva normativa se centra en la no discriminación de las personas trabajadoras que forman parte de las comunidades de diversidades sexogenéricas, como las comunidades LGTBIQA+. La circular modifica el compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley N°16.744 para incorporar y precisar estas nuevas instrucciones
El protocolo busca fortalecer los entornos laborales, haciéndolos más seguros y libres de violencia y discriminación. Para ello, se enfatiza la importancia de promover el buen trato y la igualdad con perspectiva de género.
El nuevo protocolo de las entidades empleadoras debe incluir una política de “Tolerancia cero” para las conductas o acciones que violenten o degraden a las personas trabajadoras de las comunidades de diversidades sexogenéricas. Se reconoce que estas comunidades a menudo sufren acoso laboral y sexual debido a su identidad de género, expresiones, transfobia, homofobia y bifobia, situaciones que también constituyen violencia de género en el trabajo.
Además, la circular exige que los profesionales que participan en los programas de atención psicológica temprana y otros programas relacionados con el acoso laboral, sexual o la violencia en el trabajo, reciban capacitación en género y diversidad. Esta formación debe incluir el respeto por el uso del nombre social de las personas trans y no binarias, así como otras expresiones de la identidad de género.
¿Cómo se elaboran estas políticas?
La elaboración o actualización de estos protocolos debe considerar la participación de todas las personas trabajadoras, sin importar su identidad o expresión de género. Esto incluye la participación en la identificación de peligros, la evaluación de riesgos y la definición de medidas preventivas.
La circular se distribuirá a las mutualidades de empleadores, al Instituto de Seguridad Laboral y a las empresas con administración delegada.
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