Instrucción General N°1 del 2025: agencia nacional de ciberseguridad
Con el objetivo de fortalecer la ciberseguridad nacional, la Agencia Nacional de Ciberseguridad (ANCI) de Chile ha emitido la Instrucción General N° 1, publicada el 4 de junio de 2025. Esta instrucción detalla los pasos para la inscripción de instituciones calificadas como prestadores de servicios esenciales en la plataforma de reporte de incidentes de la ANCI, en conformidad con la Ley N° 21.663 de ciberseguridad.
Según la Ley N° 21.663, todas las instituciones públicas y privadas que presten servicios esenciales tienen la obligación de reportar al CSIRT Nacional los ciberataques e incidentes de ciberseguridad que puedan tener efectos significativos. El Reglamento de Reporte de Incidentes de Ciberseguridad, aprobado por decreto supremo N° 295 de 2024, establece que estos informes deben realizarse a través de la plataforma de notificación de la ANCI, la cual debe operar las 24 horas del día, todos los días del año.
La Instrucción General N° 1, firmada por el Director Nacional de la ANCI, el 22 de mayo de 2025, establece los siguientes puntos clave:
- Inscripción en la plataforma: Las instituciones deben inscribirse en la plataforma disponible en la URL https://portal.anci.gob.cl. La inscripción debe ser realizada por la persona encargada de reportar los ciberataques o incidentes, quien será la contraparte técnica ante la ANCI. Se permite el registro de más de un encargado, con la posibilidad de designar un titular y subrogantes. Una misma persona puede ser encargada de reportar para múltiples instituciones, realizando un registro por cada una.
- Correo electrónico oficial: El encargado debe informar una casilla electrónica institucional, que será el canal oficial de comunicación con la Agencia. En caso de proporcionar múltiples direcciones, la última ingresada se considerará válida.
- Perfil del encargado: Las instituciones deben asegurar que la persona designada como encargado cuente con formación o experiencia técnica o profesional en ciberseguridad. Este encargado deberá mantener una relación fluida con el CSIRT Nacional a través de la plataforma y otros medios de contacto de la ANCI.
- Instrucciones de registro: Para el registro, se deben seguir los pasos indicados en https://anci.gob.cl/registro-plataforma. Esto incluye el uso de Clave Única con una contraseña robusta y la activación de un segundo factor de autenticación, ya sea a través de una aplicación de códigos temporales (TOTP) o mediante “passkeys”. El encargado es responsable de la confidencialidad de sus credenciales.
- Acreditación del nombramiento: El encargado deberá adjuntar un documento firmado con firma electrónica avanzada por el representante legal de la institución que acredite su designación. También se deben adjuntar documentos que acrediten la designación del representante legal y sus facultades. Si los documentos no permiten la identificación precisa, la institución será notificada para subsanar la situación en un plazo de cinco días hábiles. Los encargados tendrán acceso al historial de reportes de la institución.
- Actualización de nombramiento: Si el encargado deja su rol, la institución debe informar a la ANCI tan pronto como ocurra el cese de funciones, y el nuevo encargado deberá registrarse y acreditar su nombramiento.
La presente instrucción general entrará en vigor el quinto día hábil desde su publicación en el Diario Oficial. El incumplimiento de estas instrucciones será considerado una infracción leve, conforme al artículo 38 número 2 de la Ley N° 21.663.
Descarga la Instrucción General N°1 del 2025 del Ministerio del Interior
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