huelga y licencia medica

¿Me suspende el pago de licencia si participo en una huelga?

Una mutualidad solicitó a la SUSESO un pronunciamiento sobre cómo proceder cuando un trabajador incumple el reposo médico prescrito en el marco del Seguro de la Ley N°16.744 al participar en una huelga legal en la empresa.

El OAL plantea la imposibilidad de aplicar la suspensión del pago del subsidio por incapacidad laboral durante la huelga, ya que no procede el pago de esa prestación al no haber remuneración durante la suspensión de la relación laboral.

La SUSEO responde que las prestaciones económicas, como los subsidios por incapacidad laboral, tienen como objetivo reemplazar las rentas de actividad del accidentado o enfermo profesional. Además, señala que durante la huelga se suspende el contrato de trabajo, y según su criterio, no procede autorizar licencias médicas a menos que sean continuación de otras iniciadas antes de la huelga.

También la SUSESO establece que se debe pagar el subsidio por incapacidad laboral al trabajador que se encuentra en reposo médico desde antes del inicio de la huelga, siempre y cuando continúe haciendo uso sin interrupción de ese reposo, independientemente de que concluya o no la paralización de actividades. Además, indica que si un trabajador incurre por primera vez en la conducta sancionable, deberá ser advertido personalmente o por escrito antes de suspender el pago del subsidio.

Descarga el dictamen 1463 de la SUSESO 2023

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