Implementación de vigilancia COVID-19 en centros de trabajo

La SUSESO ha estimado necesario reemplazar la Circular N°3.573, de 19 de enero de 2021, considerando las actualizaciones del Protocolo de Vigilancia COVID-19 en Centros de Trabajo, cuya última versión fue aprobada mediante la Resolución Exenta N°1.520, de 27 de octubre de 2022, del Ministerio de Salud.

Esta circular indica que los organismos administradores y las empresas con administración delegada deberán realizar la vigilancia ambiental y de la salud de los trabajadores por riesgo de exposición al COVID-19, en los centros de salud públicos y privados que le hayan sido informados por la respectiva Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Salud, en el reporte inmediato que les remitirá, de acuerdo con lo señalado en el Protocolo, y en aquellos otros centros de trabajo que se consideren en sus eventuales modificaciones. Esto implica vigilancia ambiental, vigilancia de la salud y reportes a la SUSESO.

Adicionalmente, los OAL deberán realizar actividades de difusión para el conocimiento de la normativa aplicable y el proceso de vigilancia COVID-19 en sus páginas web y mediante correo electrónico a las entidades empleadoras en que corresponda su aplicación. Asimismo, los organismos administradores y las empresas con administración delegadas deberán informar a los trabajadores a quienes encarguen la aplicación del Protocolo, sobre su ejecución y la asistencia técnica que deben brindar a las entidades empleadoras. Además, deberán mantener respaldo de dichas actividades conforme a lo señalado en el Protocolo.

Descarga la Circular 3714 de la SUSESO de 2022

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