Modificación a la prohibición del uso de Asbesto

El asbesto es un mineral reconocidamente dañino para la salud, cuando es inhalado al encontrarse en el aire en forma de fibras de asbesto libre, pudiendo causar graves enfermedades, tales como asbestosis, cáncer primario del pulmón o mesoteliomas. Enfermedades todas de alta letalidad.

Mediante el Decreto Supremo N° 656, de 2000, del MINSAL, se prohibió el uso del asbesto en productos que indica y resulta necesario aclarar la correcta forma de aplicar el cuerpo normativo citado precedentemente en relación con la autorización que se debe solicitar a la autoridad sanitaria cuando exista un aislante compuesto por fibras de asbesto friable, ya sea utilizado como aislante o bien con otro fin.

Es por esto que el presente documento modifica al Decreto Supremo N°656 de 2000, en su artículo novemos, indicando lo siguiente:

“Las actividades de demolición, desmantelamiento o modificación relacionadas con edificaciones, equipos, instalaciones o maquinarias que tuvieran fibras de asbesto friable, requerirán de autorización previa de la autoridad sanitaria correspondiente.”

Descarga el Decreto 71 del MINSAL de 2022

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Decreto Supremo 656 del MINSAL de 2000

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