duelo

Alcance del permiso en caso de fallecimiento padre, madre o hermanos

La DT ha estimado necesario fijar el sentido y alcance de la Ley 21.441, la cual extiende el permiso laboral para trabajadores en el caso del fallecimiento del padre o madre, y de igual manera incorpora el permiso en caso de fallecimiento de un hermano.

El propósito de esta ley es otorgar el tiempo necesario al trabajador para el duelo y para poder resolver asuntos originados por el fallecimiento de un hermano o hermana, además de igualar la cantidad de días de permiso pagado.

Esta Ley:

  • Proporciona 4 días hábiles de permiso pagado a los trabajadores en caso de muerte de padre, madre o hermanos.
  • El permiso comienza a regir a partir del día de fallecimiento del padre, madre o hermanos.
  • El permiso se computa solo con días hábiles.
  • La Ley se encuentra vigente desde el 09-05-2022.
  • Es un derecho irrenunciable.

Descarga el Ordinario 1076 de la DT de 2022

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