Decreto 261 del 27 de Febrero de 2020 que aprueba en Manual Operativo en Materias de Seguridad Privada
Este Manual Operativo de Seguridad Privada publicado en el Diario Oficial el día viernes 31 de Julio del año 2020, establece en términos generales todos los requisitos que deberán cumplir las empresas y personas que trabajen en seguridad privada y que deberán ser controlados por el Ministerio del Interior.
¿Por qué es importante conocer el Manual de Seguridad Privada?
Tanto en las empresas del estado como en las privadas, se subcontratan en la mayoría de los casos todos los servicios relativos a seguridad privada, razón por la cual, cuando existen trabajos bajo régimen de subcontratación, la empresa principal o usuaria deberá exigir el cumplimiento de este manual, por intermedio del Derecho a la Información.
¿A quiénes les aplica este Manual Operativo?
Según la normativa, este manual será aplicable para los siguientes actores relacionados con el área:
- Guardias de Seguridad, nocheros, porteros, rondines y otros de similar carácter.
- Vigilantes privados.
- Jefes de seguridad.
- Supervisores de Seguridad.
- Encargado de Seguridad.
- Asesor de seguridad privada.
- Capacitador de seguridad privada.
- Técnicos de seguridad privada.
- Operador de cajeros automáticos.
- Operador de CCTV y alarmas.
- Instalador técnico de sistemas de seguridad privada.
- Empresas de seguridad privada.
- Empresas de capacitación de seguridad privada.
¿Qué información relevante establece este Manual de Seguridad Privada?
Este manual viene a definir tópicos que hasta hoy eran informales o tácitos y los convierte en obligaciones legales. Estos tópicos se encuentran referidos por ejemplo a los requisitos de idoneidad de las personas que trabajan en seguridad privada, de identificación, de control de impulsos, de seguros de vida, de uniforme, de conocimientos profesionales, etc.
Por ejemplo, para los guardias, porteros y rondines; se les exigirá gorra de color negro, camisa negra, chaleco fluorescente con la leyenda seguridad privada en la espalda y su respectiva insignia. Esto permitirá diferenciar claramente a este personal a nivelo nacional.
Además de los requisitos que deben cumplir las personas, se establecen los requisitos que deberán cumplir las empresas que se dedican a entregar distintos tipos de servicios de seguridad privada, como la idoneidad cívica, moral, profesional, seguros, antecedentes, etc.
¿Qué Instrumentos de Seguridad serán obligatorios?
Las empresas de seguridad privada tendrán que elaborar los siguientes instrumentos de seguridad y presentarlo ante la autoridad fiscalizadora:
- Estudio de Seguridad.
- Plan de Seguridad.
- Medidas de Seguridad.
- Directiva de funcionamiento.
Descargas disponibles para el Manual de Seguridad Privada
Decreto N° 261, manual de Seguridad Privada