Circular N°3900 de la SUSESO

La nueva normativa imparte instrucciones respecto al Plan Anual de Prevención de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales para el año 2026.

Esta normativa tiene como objetivo guiar a los Organismos Administradores y a los Administradores Delegados del Seguro de la Ley N°16.744.

La Circular N°3900 entrará en vigencia a partir del 2 de enero de 2026.

Los principales destinatarios de estas instrucciones son:

  • Mutuales de Empleadores.
  • Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Empresas con Administración Delegada del Seguro de la Ley N°16.744.

El tema central de la circular es la Ley N°16.744, que establece el Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Esta acción de instruir se enmarca en las facultades de la SUSESO y tiene sus fuentes legales, entre otras, en:

  • Artículos 2°, 3° 30 y 38 letra d) de la Ley N°16.395.
  • Artículos 12 y 72 de la Ley N°16.744.

La circular se relaciona directamente con el Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

La Circular N°3900 se suma a una serie de documentos emitidos por la Superintendencia en años anteriores, todos relacionados con los planes anuales de prevención:

  • Circular 3839 (22/10/2024), que impartió instrucciones para el Plan Anual 2025.
  • Circular 3775 (06/10/2023), sobre el Plan Anual 2024.
  • Circular 3708 (28/10/2022), relacionada con el Plan Anual 2023

Además, la circular se alinea con el Título IV del Compendio, denominado “Prestaciones Preventivas”.

Con esta nueva instrucción, el Gobierno de Chile, a través de la SUSESO, reafirma su compromiso con la seguridad y salud laboral y la prevención de riesgos en el trabajo

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