Dictamen O-01-S-01028: Licencias médicas y pago de subsidio por incapacidad laboral

La Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) respondió oficialmente a una presentación ciudadana que planteaba diversas inquietudes respecto a la tramitación de licencias médicas tipo 4, otorgadas para el cuidado de menores con alergia a la proteína de la leche de vaca (APLV).

En su respuesta, la entidad informó que se encuentra en un proceso continuo de evaluación y mejora de los procedimientos de resolución de reclamaciones ante la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) y la propia SUSESO, con el fin de reducir los tiempos de espera para los usuarios.

Además, se reafirmó que existe un protocolo vigente —establecido por una circular emitida en diciembre de 2022— que fija los criterios médicos para la resolución de licencias médicas relacionadas con APLV. Esta condición, que afecta principalmente a lactantes y niños pequeños, genera una respuesta inmunológica anómala frente a las proteínas de la leche de vaca, con síntomas gastrointestinales como manifestaciones frecuentes. Dado lo inespecífico de sus síntomas, su diagnóstico y evaluación requieren de criterios técnicos definidos.

Respecto a las garantías de protección social para los cuidadores, la SUSESO recordó que el artículo 199 del Código del Trabajo establece un permiso por enfermedad grave de un niño menor de un año, el cual permite acceder a subsidio por incapacidad laboral o remuneración, siempre que se cumplan los requisitos médicos y administrativos. El permiso debe estar respaldado por una licencia médica cuya procedencia será evaluada por la COMPIN o ISAPRE correspondiente.

En ese sentido, el Decreto Supremo N° 3 del Ministerio de Salud establece que estas licencias pueden autorizarse por periodos prorrogables de siete días, y extenderse posteriormente en lapsos de hasta 30 días, sin sobrepasar el día anterior al cumplimiento del primer año de vida del menor.

Finalmente, la SUSESO reiteró que cualquier persona afectada por la reducción o rechazo de licencias puede presentar sus reclamaciones en línea, a través del sitio web institucional, siempre que previamente se haya agotado la revisión por parte de la COMPIN o ISAPRE.

Descarga el Dictamen O-01-S-01028 de 2025 de la SUSESO

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