SUSESO Revierte Resolución y Autoriza Licencia Médica Tras Acreditación de Fuerza Mayor

En un reciente fallo, la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) ha revertido una resolución previa que rechazaba una licencia médica presentada fuera de plazo, instruyendo a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) a autorizar la licencia en cuestión.

El caso se originó cuando una trabajadora presentó un recurso de reposición contra una resolución exenta que acogía la reclamación de una ISAPRE y ordenaba a la COMPIN rechazar una licencia médica de ocho días, emitida a partir del 2 de enero de 2022, por haber sido presentada fuera de plazo. La trabajadora argumentó que debido a dolores intensos sufridos en La Serena y la distancia de su domicilio a su lugar de trabajo, no pudo presentar la licencia a tiempo. Acreditó que envió la licencia a través de un servicio de encomienda el 4 de enero de 2022, dentro del período de vigencia de la misma.

La SUSESO, tras analizar los antecedentes, determinó que la presentación extemporánea se debió a una circunstancia constitutiva de fuerza mayor, justificada por la situación médica de la trabajadora y el procedimiento seguido para enviar la documentación.

En consecuencia, la SUSESO dejó sin efecto la resolución exenta anterior, instruyendo a la COMPIN autorizar la licencia médica, reconociendo los medios de prueba aportados que demuestran la imposibilidad de una tramitación oportuna debido a fuerza mayor.

Es factible que se acepte una licencia médica presentada fuera de plazo cuando el trabajador pueda acreditar que el retraso se debió a circunstancias constitutivas de caso fortuito o fuerza mayor. Estos casos incluyen situaciones imprevistas e inevitables que impiden al trabajador cumplir con los plazos establecidos para la presentación de la licencia.

  • Problemas de salud graves: Si el trabajador experimenta una emergencia médica que le imposibilita presentar la licencia a tiempo.
  • Desastres naturales: Fenómenos como terremotos, inundaciones u otros desastres que interrumpen las comunicaciones o el transporte.
  • Dificultades logísticas: Casos en los que, por razones justificadas como encontrarse en una ubicación remota o aislada, el trabajador no puede entregar la licencia en el plazo requerido.
  • Errores administrativos o tecnológicos: Problemas en el sistema de envío o recepción de la documentación que no son atribuibles al trabajador.
  • Circunstancias personales extremas: Eventos inesperados como accidentes, fallecimientos de familiares cercanos, o situaciones similares que afectan directamente la capacidad del trabajador para cumplir con los plazos.

En estos casos, es fundamental que el trabajador presente evidencia documental que respalde la causa del retraso, como certificados médicos, comprobantes de envíos, o cualquier otro documento que demuestre que la presentación tardía se debió a circunstancias fuera de su control.

Este dictamen reafirma la importancia de considerar circunstancias excepcionales en la gestión de licencias médicas, garantizando los derechos de los trabajadores frente a imprevistos que puedan dificultar el cumplimiento de plazos administrativos.

Descarga el Dictamen 310-2025 de la SUSESO

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