Cuáles son las modificaciones realizadas en el Reglamento del SEIA y como las podemos comparar entre el DS 40 del 2012 y el DS 30 del 2023
El 1 de febrero de 2024, se publicó en el Diario Oficial el Decreto Supremo (DS 30/2023), que modifica el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) en Chile. Esta actualización busca alinearse con la Ley Marco de Cambio Climático y el Acuerdo de Escazú, donde a partir de esta fecha, todos los proyectos sometidos a evaluación ambiental deben cumplir con los nuevos requisitos establecidos.
El reglamento anterior, del año 2012 y modificado por última vez en 2014, requería una modernización obligatoria, realizada durante el 2023 por el Ministerio del Medio Ambiente en colaboración con el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), donde la modificación se centra en dos aspectos claves:
- La incorporación de la variable del cambio climático en la evaluación de impacto ambiental, en cumplimiento de la Ley Marco de Cambio Climático, y el fortalecimiento del acceso a la información y la participación ciudadana, conforme al Acuerdo de Escazú.
- Estas medidas incluyen considerar la relación de los proyectos con los planes sectoriales de adaptación al cambio climático, fortalecer los planes de Prevención de Contingencias y de Emergencias, utilizar un lenguaje claro y comprensible en la documentación, y tomar medidas visuales, como la instalación de carteles en el sitio del proyecto para la comunidad.
¿Cuándo entran en vigor las modificaciones al DS 40/2012 y a qué proyectos aplica?
Los cambios al DS 40/2012 comienzan a regir el día que se publica en el Diario Oficial el DS 30/2023 que lo modifica, esto es, el 01 de febrero de 2024. Por ende, aplican a todos los proyectos o actividades que ingresen al SEIA a partir de ese día.
¿Qué pasa con los proyectos que ya habían ingresado al SEIA?
Los proyectos que hubiesen ingresado al SEIA hasta el 31 de enero de 2024, continuarán su tramitación de conformidad a las exigencias del DS 40/2012 NO modificado, incluyendo su examen de admisibilidad.
¿Qué ocurre si ya había iniciado la carga de información de mi proyecto en el e-SEIA?
El hito es el ingreso. Cualquier proyecto que al 01 de febrero de 2024 no hubiese concluido su ingreso al SEIA, deberá cargar nuevamente la información en la plataforma actualizada del e-SEIA, considerando las nuevas exigencias del DS 30/2023.
¿Qué ocurre en el caso de las DIAs con cargas ambientales?
Al igual que para todos los demás proyectos, el hito que determina la normativa aplicable es el ingreso. Es decir, si se completó el ingreso al e-SEIA hasta el día 31 de enero de 2024, aunque haya quedado “retenida” en virtud de la ficción de ingreso del artículo 94, aplicará durante toda su tramitación el DS 40/2012 NO modificado.
Cabe recalcar que en virtud del DS 30/2023 se elimina el inciso final del artículo 94, y con ello desaparece la ficción de la “retención” para aquellas DIAs que ingresen al SEIA a partir del 01 de febrero de 2024.
Descarga el comunicado del Diario Oficial
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Descarga el comparado refundido de modificaciones del SEIA
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Excelente, muchas gracias amigazos, muy bueno el comparativo de ambos reglamentos.
Se agradece enormemente esta publicación, al igual que otras tantas.
Muchas gracias Claudio, para eso estamos, actualizando a todos nuestros colegas con noticias de SSO.