Permiso Único Colectivo rubro construcción
Se ha solicitado un pronunciamiento a la DT respecto de trabajadores del rubro de la construcción que residen en comunas en fase 1 (cuarentena) y que realizan sus labores en comunas que no se encuentran en cuarentena.
La DT responde lo siguiente:
Los trabajadores que presenten servicios esenciales podrán trasladarse haciendo uso del “Permiso Único Colectivo¨ y portando una copia de su contrato de trabajo o un certificado laboral con una antigüedad no mayor a 30 días, en este caso las empresas del rubro esencial se consideran, entre otras, aquellas que presten servicios de utilidad pública, incluyendo entre otras aquellas las “que presenten servicios de construcción privada que cuenten con transporte privado y se hayan acogido al Plan Piloto de la Cámara Chilena de la Construcción”.
De esta manera, el Permiso Único Colectivo solicitado por la empresa permite que aquellos trabajadores, que se desempeñan en funciones que no pueden ser realizadas telemáticamente y que son imprescindibles para la actividad propia de su giro, puedan asistir de manera presencial al lugar de trabajo.
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