Ordinario N°495/19 de la DT
El dictamen fija doctrina sobre la no discriminación laboral hacia personas que padecen o han padecido cáncer. El dictamen establece que es un “comportamiento ilícito” para un empleador condicionar la contratación, permanencia, renovación de contrato, promoción o movilidad de un trabajador al hecho de que no tenga o no haya tenido cáncer. Además, se prohíbe exigir certificados o exámenes para estos fines.
Este pronunciamiento responde a una solicitud que buscaba determinar si, bajo la Ley Nacional del Cáncer (Ley N°21.258), se puede cambiar a un trabajador de puesto o funciones sin su consentimiento después de que ha estado con licencias médicas oncológicas. La entidad confirmó que la expresión “movilidad en su empleo” utilizada en la ley incluye el cambio de labores o funciones, por lo que los empleadores no pueden condicionar dichos cambios a la ausencia de la enfermedad.
El dictamen subraya que el derecho a no ser discriminado es un derecho fundamental y un límite infranqueable a las facultades del empleador. La prohibición de discriminación por enfermedad fue incorporada a la legislación laboral chilena mediante la Ley N°20.940 de 2016.
La Ley Nacional del Cáncer (Ley N°21.258) refuerza esta protección, estableciendo un marco legal más sólido para los trabajadores con cáncer. El dictamen destaca que esta ley prohíbe explícitamente a los empleadores:
- Condicionar la contratación de un trabajador al hecho de no padecer o no haber padecido cáncer.
- Condicionar la permanencia o renovación de contrato de un trabajador por la misma razón.
- Condicionar la promoción o movilidad en el empleo por el padecimiento de cáncer.
Además, el dictamen aclara que un despido declarado como discriminatorio por basarse en el padecimiento de cáncer se considera grave, lo que permite al trabajador optar por una indemnización o su reincorporación al cargo.
Este dictamen de la Dirección del Trabajo de Chile es un paso significativo para proteger los derechos laborales de las personas que enfrentan o han enfrentado esta enfermedad, asegurando que su salud no sea un motivo de discriminación en el ámbito profesional.
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