Dictamen N°527/23 de la DT
Resolución que aclara y refuerza la obligatoriedad de elegir un Delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo en faenas o lugares de trabajo con un número específico de empleados.
La medida, que se enmarca en la aplicación del nuevo decreto N°44 de 2023, busca formalizar la representación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos en empresas de menor tamaño, donde no existe un Comité Paritario de Higiene y Seguridad.
Según el dictamen, esta figura debe ser elegida en todos aquellos lugares de trabajo o faenas donde laboren entre 10 y 25 personas. La elección debe ser realizada a través de una asamblea de los trabajadores, la cual deberá levantar un acta con los detalles del proceso.
El delegado, que ejercerá sus funciones por un plazo de hasta dos años, tendrá la responsabilidad de participar en la implementación de instrumentos preventivos y otras intervenciones de seguridad. La empresa, por su parte, deberá proporcionar las facilidades necesarias para que el delegado pueda cumplir su rol.
Esta resolución responde a una consulta de la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), que buscaba clarificar la aplicación del artículo 66 del Decreto N°44, el cual introduce el rol del delegado de seguridad y salud en el trabajo. El dictamen concluye que la exigencia rige para toda faena que cumpla con el número de trabajadores indicado, sin importar si la normativa se encuentra en un título referido a entidades de menor tamaño.
Descarga el Dictamen N°527/23 de la DT
Este contenido esta reservado para nuestros miembros premium, accede como miembro. Si todavía no eres miembro, accede con el link naranjo de patreon, para convertirte en miembro y poder acceder a todo el contenido descargable.
