Ord. N°124: La DT aclara dudas sobre descuentos, jornada laboral y control de asistencia
La Dirección del Trabajo emitió un informe en respuesta a una consulta sobre descuentos por ausencias, jornada laboral bajo el artículo 22 del Código del Trabajo y control de asistencia en trabajos en terreno.
Principales aclaraciones:
- Descuentos por ausencias: No se pueden descontar remuneraciones a trabajadores exentos de limitación de jornada, según el Ordinario N°673 de 2019.
- Artículo 22 del Código del Trabajo: La exclusión de jornada solo aplica a cargos gerenciales, de jefatura o con autonomía real, no por la ubicación del trabajador.
- Control de asistencia en terreno: Puede realizarse con supervisión directa o medios automatizados, según el Dictamen N°84/04.
Además, la Dirección del Trabajo aclaró que la consulta era de carácter genérico, por lo que no emitió un pronunciamiento específico, pero recordó la jurisprudencia aplicable a cada caso
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