SUSESO Ratifica Cálculo de Subsidio
La Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) resolvió ratificar el cálculo del subsidio por incapacidad laboral solicitado por un trabajador dependiente, tras revisar su reclamación presentada el 21 de enero de 2025. El interesado cuestionó el monto del subsidio diario otorgado, alegando que no correspondía a su remuneración líquida.
La Superintendencia aclaró que el cálculo del subsidio se realizó conforme a lo establecido en el artículo 8° del D.F.L. N° 44, de 1978, que fija como base de cálculo el promedio de la remuneración mensual neta, es decir, la remuneración imponible menos los descuentos previsionales y de salud. Asimismo, el artículo 10 del mismo cuerpo legal excluye del cálculo las remuneraciones ocasionales como gratificaciones o aguinaldos, motivo por el cual el aguinaldo de septiembre de 2024 no fue considerado en la base imponible del subsidio.
Tras la revisión, la Superintendencia concluyó que el cálculo efectuado por la COMPIN fue correcto y ratificó la resolución emitida. El organismo recordó que la remuneración líquida incluye haberes no imponibles, por lo que no puede ser utilizada para la determinación del subsidio diario.
Con esta resolución, la Superintendencia reafirma el correcto cumplimiento de las normativas vigentes en la determinación de los subsidios por incapacidad laboral, brindando certeza jurídica a los beneficiarios y garantizando la aplicación justa de los beneficios sociales.
Descarga el Dictamen 12243-2025 de la SUSESO
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