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¿Se notifican los accidentes graves o fatales de trayecto?

¿Qué sucede cuando un trabajador tiene un accidente fatal, pero se encuentra en el trayecto entre lugares de trabajo de la misma empresa?

En este caso se entiende que el trabajador se encuentra realizando una labor para la cual fue contratado o se encuentra en “comisión de servicios”, por lo cual el accidente se cataloga como un accidente del trabajo con causa o con ocasión dependiendo de las circunstancias en las que ocurre, a menos que se produzca por fuerza mayor extraña, según lo define la ley.

En este caso el accidente se considerará un accidente fatal según la SUSESO si ocurre:

  • En el mismo lugar de trabajo.
  • En el trayecto directo entre lugares de trabajo de la misma empresa.
  • En el traslado a un centro asistencial.
  • Dentro de un centro asistencial posterior al accidente

Y para accidentes graves del trabajo se dine que es aquel accidente que genera una lesión, a causa o con ocasión del trabajo y que cumple con alguna de las siguientes definiciones operacionales:

  • Provoca de forma inmediata (en el lugar del accidente) la amputación o pérdida de cualquier parte del cuerpo.
  • Obliga a realizar maniobras de reanimación, frente a un paro cardiorespiratorio.
  • Obliga a realizar maniobras de rescate para ir en ayuda de el o los trabajadores afectados, ya sea que se encuentren desaparecidos o impedidos de salir por sus propios medios.
  • Ocurre por una caída de altura de más de 1,8 metros.
  • Ocurre en condiciones de hiperbárica (condición de alta presión como, por ejemplo, en el buceo).
  • Involucren un número de trabajadores/as que afecten el desarrollo normal de la faena.

¿Qué sucede si alguno de los criterios se cumple, pero el trabajador se encuentra en trayecto directo a su domicilio o trabajo?

La obligación de suspender aplica en todos los casos en que el fallecimiento del trabajador/a se produzca en las 24 horas siguientes al accidente, independiente del lugar donde se produzca el deceso. No es obligatoria la suspensión de faena en casos de accidentes de trayecto. Lo anterior no excluye la obligación de realizar la denuncia al organismo administrador a través de Denuncia Individual de Accidentes del Trabajo (DIAT).

Descarga la Guía Técnica Para El Cumplimiento de la Normativa Asociada a Accidentes Fatales y Graves de la SUSESO

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