Con fecha 14 de abril, el gobierno ha anunciado nuevas modificaciones en el “Plan paso a paso”, en las cuales consiste en:
- La mascarilla en espacios abiertos y cerrados, incluye transporte colectivo público y privado:
Se podrá prescindir del uso de mascarillas sólo en espacios abiertos que permitan mantener más de 1 metro de distancia entre personas en aquellos territorios que se encuentren en las fases de Bajo y Medio Impacto Sanitario. En la fase de Alto Impacto Sanitario las mascarillas deberán usarse siempre, tanto en espacios abiertos y cerrados.
Se entenderá por espacio abierto aquel que no tiene techo o aquel que, teniendo techo, cuenta con más del 50% de su perímetro sin muros. No se considerará techo aquella estructura que permita la circulación de aire a través de ella.
Se entenderá por espacio cerrado aquel que tiene techo y más del 50% de su perímetro con muro.
- Pase de Movilidad:
El Pase de movilidad seguirá siendo requerido para el ingreso a cualquier establecimiento cerrado y la asistencia a eventos masivos, en todas las Fases sin distinción.
Una prueba de PCR o antígeno para SARS-CoV-2 negativa de no más de 24 horas, realizada en un laboratorio adecuadamente certificado por el ISP acorde a la normativa vigente, podrá ser utilizada como sustituto de un Pase de Movilidad en todas las actividades que este sea solicitado.
- Aforos en establecimientos cerrados:
Todos los lugares cerrados que reciban público o personas externas, con excepción de las salas de clases y los lugares de trabajo, deberán cumplir con un aforo según la fase en la cual se encuentre el lugar.
Fase de Alto impacto Sanitario: se permitirá un aforo que permita una distancia de 1,5 mt entre personas, es decir, una persona por cada 9 mt2.
Fase de Medio Impacto Sanitario: el aforo estará permitido siempre que las personas puedan mantener una distancia de 1 mt o más, es decir una persona por cada 4 mt2.
Fase de Bajo Impacto Sanitario: no existirán restricciones de aforo.
- Eventos Masivos:
Número máximo de asistentes a eventos masivos en las:
Fases de Alto y Medio Impacto Sanitario: de 200 y 10.000 asistentes, respectivamente.
Fase de Bajo Impacto Sanitario: no se establecen límites de aforo.
La cantidad de asistentes se encontrará siempre supeditada a la capacidad del recinto, la cual se determina por la autoridad sanitaria. Del mismo modo, la definición de dicha capacidad será requisito para la autorización del evento.
En las Fases de Medio y Alto Impacto Sanitario, los aforos en lugares cerrados y en los eventos masivos están supeditados a que los asistentes cuenten con el pase de movilidad y utilicen de forma correcta la mascarilla. Será responsabilidad de la administración del establecimiento solicitar el pase de movilidad y certificar que las personas que ingresan son las que porten dicho pase.
Descarga plan paso a paso Abril 2022
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Descarga Resolución Exenta Nro. 494 del MINSAL
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Hola Paulina, entonces ahora para ingresar a restaurantes, conciertos, eventos deportivos u otros similares, bastará con una prueba de PCR o antígeno para SARS-CoV-2 negativa de no más de 24 horas y no necesariamente el pase de movilidad.
Hola Rodrigo, eso según el plan paso a paso publicado en la página del gobierno, pero la Resolución Exenta 949 en el punto n°50, contradice la indicación del primer documento, al final según mi criterio sala más acuentar contar con el pase de movilidad que hacerse un PCR cada vez que quiera ir a un evento o un restaurante.
El punto 50 indica lo siguiente:
“Exigencia en eventos masivos. El o los organizadores de eventos en los que se espere una concurrencia masiva de público deberán vender o entregar las entradas en forma nominada, las que serán intransferibles y se exigirá, como condición para el ingreso al recinto, la exhibición del Pase de Movilidad habilitado y un documento que acredite que la identidad de la persona coincide con aquella de la entrada, en su caso, conforme el numeral 48 precedente.
La exhibición del Pase de Movilidad y del documento que acredite la identidad, será exigible también para los trabajadores del evento.
Todo lo anterior deberá ser informado a los asistentes en forma previa y durante el evento. Por último, con al menos 24 horas de antelación al evento, el o los organizadores deberán consultar con la autoridad sanitaria regional el estado del Pase de Movilidad de los asistentes, siendo responsables de que sólo las personas con Pase de Movilidad vigente accedan al evento.
El o los organizadores deberán disponer de una nómina incluyendo nombres y apellidos de los participantes, su número de cédula de identidad o pasaporte y sus números de teléfono de contacto, así como el número de asiento utilizado por cada uno de ellos, en caso de butacas fijas.
Esta nómina estará, en todo caso, afecta a las disposiciones de las leyes No 19.628 y No 20.584, en lo que fuera aplicable.
Esta nómina deberá ser puesta a disposición de la autoridad sanitaria si ésta así lo requiere en un plazo máximo de 4 horas a contar desde la solicitud.”