Ordinario N°774 de la DT

La DT en respuesta a una solicitud de pronunciamiento jurídico presentada por una empresa en particular, clarificando la forma en que las empresas deben proceder para constituir el Comité Bipartito de Capacitación cuando los sindicatos omiten la designación de los representantes de los trabajadores.

El dictamen reitera que la responsabilidad de la constitución del Comité Bipartito de Capacitación recae sobre la empresa, incluyendo la aplicación de sanciones administrativas en caso de incumplimiento.

La empresa debe:

  • Designar a sus propios representantes.
  • No impedir y promover la elección o designación de los representantes de los trabajadores.
  • Convocar a la constitución del comité de la forma que estime más idónea, ya que la ley no establece una modalidad específica.
  • Buscar el medio que le parezca idóneo para requerir la participación de los trabajadores ante la omisión de los sindicatos.

Procedimiento ante Omisión Sindical

Frente a la omisión de los sindicatos en la designación de sus representantes, y dado que “a lo imposible nadie está obligado”, la DT señala que si la falta de elección o designación no es imputable a la empresa, no resulta jurídicamente procedente aplicarle una sanción.

No obstante, la empresa debe agotar todos los medios que considere apropiados. En caso de ser necesario, la empresa puede acudir a la Inspección del Trabajo respectiva.

El objetivo de recurrir a la Inspección del Trabajo es para que esta, conforme a la jurisprudencia legal, instruya a los sindicatos la designación de los representantes de los trabajadores. Si bien la Dirección del Trabajo puede instruir a los trabajadores sindicalizados, la negativa de estos no puede ser objeto de sanción por parte del Servicio.

Finalmente, la Dirección del Trabajo informó que se abstiene de emitir un pronunciamiento jurídico respecto a la suficiencia de un documento acompañando la solicitud, para tener por cumplida la designación de los trabajadores, ya que dicha consulta no amerita un pronunciamiento jurídico.

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