Ordinario N°692 de la DT
El ordinario refuerza la protección a los trabajadores acogidos a la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo en virtud de la Ley N°21.645. Esta ley busca la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, especialmente para aquellos con responsabilidades de cuidado no remunerado.
El dictamen establece que el empleador no puede cambiar unilateralmente la modalidad de prestación de servicios de trabajo a distancia o teletrabajo a presencial. Para que dicho cambio sea ajustado a derecho, el empleador debe cumplir con dos requisitos copulativos:
- Aviso Escrito Anticipado: Debe notificarse al trabajador por escrito con una antelación mínima de treinta días.
- Causa Justificada: El cambio debe estar motivado por alguna de las circunstancias en que la naturaleza de las funciones lo requiera, tal como se prevé en el párrafo segundo del numeral primero del artículo 152 quáter O ter del Código del Trabajo.
Dichas circunstancias justificadas, según la DT, incluyen labores que exijan la presencia física del trabajador en su puesto, atención presencial de público, ser requeridas por necesidades organizativas para los servicios de otros trabajadores, o ser servicios de urgencia, guardias o similares. También se considera la falta de condiciones de conectividad o si el lugar de trabajo no cumple con las condiciones adecuadas de seguridad y salud, según determine el organismo administrador del seguro.
La Ley N°21.645 de 29.12.2023, que modifica el Código del Trabajo en materia de protección a la maternidad, paternidad y vida familiar, establece la obligación del empleador de ofrecer la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, total o parcial, a aquellos trabajadores que tengan el cuidado personal de un menor de catorce años o de una persona con discapacidad o dependencia severa o moderada, sin recibir remuneración por dicha actividad, siempre que la naturaleza de sus funciones lo permita.
Descarga el Ordinario N°692 de la DT
Este contenido esta reservado para nuestros miembros premium, accede como miembro. Si todavía no eres miembro, accede con el link naranjo de patreon, para convertirte en miembro y poder acceder a todo el contenido descargable.
