Ordinario N°206: Contrato de trabajo y clausulas para semana santa
Un reciente dictamen de la Dirección del Trabajo ha establecido un importante precedente en relación al feriado religioso de Viernes Santo. El documento, con fecha 2 de abril de 2025, responde a consultas sobre la obligatoriedad de mantener el cierre del comercio durante esta festividad, calculando en la práctica de años anteriores.
El dictamen señala que si un empleador del sector comercio no ha abierto sus tiendas al público durante el Viernes Santo en años precedentes, esta conducta se interpreta como un acuerdo tácito con sus trabajadores. Esto implica que el feriado se considera como un día de descanso absoluto, sin que ello afecte la remuneración de los empleados.
La Dirección del Trabajo fundamenta esta interpretación en el principio de la primacía de la realidad, destacando la naturaleza protectora de las cláusulas tácitas. El dictamen enfatiza que los trabajadores no deben verse perjudicados ni obligados a modificar esta condición debido a su posición de subordinación frente al empleador.
Si bien el Viernes Santo no está catalogado como un feriado irrenunciable según la Ley N°19.973, el dictamen es claro en que esta circunstancia no autoriza al empleador a desconocer los acuerdos tácitamente convenidos con sus trabajadores.
El documento también aborda la posibilidad de un trato diferenciado dentro de una misma empresa respecto al descanso en Viernes Santo. En este sentido, señala que dicha situación podría constituir un indicio de conducta discriminatoria a la libertad de conciencia, la manifestación de creencias y la libertad de culto, lo cual deberá ser analizado caso a caso por la Dirección del Trabajo.
Finalmente, el dictamen recuerda que la fiscalización y verificación del cumplimiento de la normativa laboral, así como la aplicación de sanciones por incumplimientos, son atribuciones exclusivas de la Dirección del Trabajo.
Este dictamen representa un importante pronunciamiento que podría impactar la forma en que se aborda el feriado de Viernes Santo en el sector comercio, fortaleciendo los derechos de los trabajadores basados en las prácticas laborales históricas.
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