Modificación al protocolo de clasificación de enfermedades profesionales
La SUSESO ha modificado el compendio de la Ley 16.744 en relación con la evaluación y calificación de enfermedades mentales de origen laboral.
A continuación, se explican las principales modificaciones que se proponen en el texto:
Modificaciones en la Evaluación Clínica: Se propone la incorporación de nuevos elementos en la evaluación clínica de enfermedades mentales de origen laboral. Estos incluyen evaluar los factores de riesgo psíquicos en el entorno laboral y no laboral a los que pudo estar expuesta la persona, las características de la sintomatología que presenta y si se tomaron medidas para mitigar dichos riesgos. Además, se sugiere que ambas evaluaciones (médica y psicológica) puedan realizarse de manera conjunta para mejorar la eficiencia del proceso.
Evaluación Médica: Se establecen pautas para la evaluación médica, que puede ser presencial o telemática. Se destaca la importancia de obtener información detallada sobre la historia laboral y otros antecedentes biográficos del paciente. También se enfatiza la necesidad de registrar la hora de inicio y finalización de la entrevista y de asignar tiempo adicional para la evaluación médica.
Información al Paciente: Se establece la obligación del profesional médico de informar al paciente sobre el procedimiento de calificación de la enfermedad, individualizando sus etapas. Si el paciente no puede comprender esta información, se debe proporcionar por escrito en un lenguaje claro.
Evaluación Psicológica: Se describen pautas para la evaluación psicológica, que puede realizarse de manera presencial o telemática. Se hace hincapié en la importancia de elaborar una hipótesis de diagnóstico que se base en un razonamiento fundado y que cumpla con los requisitos establecidos en un anexo específico.
Evaluación de las Condiciones de Trabajo: Se establece que la evaluación de las condiciones de trabajo debe considerar la carga laboral y las relaciones laborales. Se mencionan específicamente los aspectos a evaluar en cada uno de estos casos.
Estudio de Puesto de Trabajo para Patología Mental: Se detallan los procedimientos para llevar a cabo el estudio de puesto de trabajo, incluyendo la necesidad de entrevistar a declarantes y la posibilidad de realizar estas entrevistas de manera telemática. Se menciona la solicitud de resultados de la evaluación de riesgos psicosociales en el lugar de trabajo.
Comité de Calificación para Enfermedad Mental: Se enfatiza la importancia de la coherencia en los discursos y se sugiere que el Comité debe prestar atención a aspectos clínicos del caso.
Readecuación de Condiciones de Trabajo y/o Cambio de Puesto de Trabajo: Se establece que la identificación de medidas para detener la exposición debe ser parte de la atención clínica del paciente y que deben ser factibles y adecuadas a la situación laboral del trabajador. Se mencionan dos tipos de medidas: una para la reincorporación al trabajo sin riesgo y medidas de mediano plazo que eliminen el riesgo de manera permanente.
Descarga la Circular 3766 de la SUSESO de 2023
Este contenido esta reservado para nuestros miembros premium, accede como miembro. Si todavía no eres miembro, accede con el link naranjo de patreon, para convertirte en miembro y poder acceder a todo el contenido descargable.