Dictamen 2888 ¿Puede un bombero ausentarse de su trabajo ante un acuartelamiento por emergencia sanitaria por COVID-19?
A raíz de una consulta con respecto a si existe una cantidad de tiempo límite para los trabajadores que son voluntarios de bomberos y deben acudir a emergencias, además de cubrir las eventuales emergencias causadas a raíz de la pandemia por COVID-19 es que surge este dictamen.
La dirección del trabajo resuelve lo siguiente con respecto a trabajadores que son voluntarios de bomberos:
- “El tiempo necesario para atender una emergencia se considera trabajado para todos los efectos legales”. Lo señalado anteriormente en ningún caso establece un límite de tiempo para la atención de una emergencia, y solo hace alusión a que todo el periodo que utilice el voluntario de bomberos en atender una emergencia se considerará trabajado.
- Por otro lado, el legislador indica que los únicos llamados de emergencia que deba ser atendido por voluntarios de bomberos estén referidos en forma exclusiva a incendios o accidentes. Por es esto que en ningún caso se excluye otros tipos de emergencia como puede ser una llamada a acuartelamiento de dotaciones para hacer frente a la emergencia sanitaria provocada por COVID-19.
Descarga el Dictamen 2888 de la Dirección del Trabajo
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