busqueda activa casos covid-19 en empresa con recursos propios

Procedimiento para búsqueda activa de casos COVID-19 en empresas con recursos propios

Ordinario 4332 MINSAL

Bajo la estrategia de la búsqueda activa de casos COVID-19 es que el MINSAL ha establecido el Procedimiento de Búsqueda Activa (BAC) en empresas que lo realicen con recursos propios. Esto permitiría la detección y aislamiento oportuno de casos positivos indeterminados de manera de controlar la cadena de transmisión.

El objetivo del presente documento es establecer lineamientos para las empresas que decidan realizar búsqueda activa de casos COVID-19 gestionada con recursos propios. Se excluyen a las empresas cuyo testeo es realizado por la atención primaria en coordinación con SEREMI de Salud en el contexto de búsqueda activa de casos territoriales; en estos casos las empresas deben seguir las instrucciones dadas por dicha autoridad.

Proceso para la búsqueda activa de casos COVID-19 en la empresa:

  • Se debe informar a SEREMI de Salud, esta deberá ser 7 días de antelación al inicio de los testeos. La SEREMI deberá fiscalizar el cumplimiento del desarrollo de la BAC conforme al procedimiento.
  • El Organismo Administrador de la Ley deberá asesorar a la empresa en la planificación de la estrategia BAC.
  • Se deberá planificar el testeo considerando los siguientes elementos: Objetivo, población objetivo y la metodología (ver Ordinario 4332)
  • La empresa deberá organizar y definir un equipo de trabajo responsable del BAC, se le deberá comunicar a los trabajadores previamente y se deberá incorporar la participación de un médico responsable del registro en EPIVIGILA y la emisión de licencias médicas cuando corresponda.
  • Consideraciones en la ejecución del BAC
    • Realizar una reunión del equipo antes de iniciar el operativo.
    • Tiempo de reposición de descanso en caso que el PCR se tome en el periodo de descanso previo al ingreso al turno.
    • Se deberán entregar indicaciones de medidas preventivas del COVID-19 a los trabajadores
  • Se deben tomar acciones ante los resultados del testeo
  • Se deberán tomar diversas acciones al finalizar el BAC (ver Ordinario 4332).

Trazabilidad de los casos que resulten positivos:

En caso de sospechas que un resultado positivo del BAC sea de origen laboral, el empleador deberá derivar al trabajador al Organismo Administrador de la Ley correspondiente, la respectiva DIEP. El OAL deberá otorgar el reposo correspondiente para el aislamiento del trabajador y los contactos estrechos de este.

Aislamiento en casos sospechosos:

Aquellos trabajadores sospechosos y aquellos con examen PCR positivo o indeterminado, deberán realizar el aislamiento de acuerdo a lo establecido por el MINSAL.

Descarga el Ordinario 4332 MINSAL

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