Circular N°3903 de la SUSESO
La nueva normativa de la SUSESO, modifica y actualiza las normas del Compendio de Licencias Médicas, Subsidios por Incapacidad Laboral y Seguro SANNA, con el fin de establecer un procedimiento claro y unificado para determinar la recuperabilidad de los trabajadores que han cumplido 52 semanas continuas de reposo médico por un mismo cuadro clínico.
La medida, responde a la necesidad de fortalecer el control técnico de los procesos de licencias médicas, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N°3 de 1984 del Ministerio de Salud y al dictamen de la Contraloría General N°E93380N21.
La Circular aclara que, al cumplirse 52 semanas continuas de licencias por el mismo cuadro clínico, la COMPIN deberá evaluar si la patología es recuperable o irrecuperable, pudiendo extender el reposo hasta por seis meses más alcanzando un total de 78 semanas cuando exista perspectiva de mejoría. Asimismo, se establece que la COMPIN puede iniciar la evaluación antes de alcanzar dicho periodo si posee antecedentes que hagan presumir una condición irrecuperable.
Nuevas obligaciones para trabajadores y médicos tratantes
El procedimiento exige que los trabajadores presenten informes médicos actualizados, pudiendo ser citados a peritajes presenciales o exámenes adicionales. La COMPIN deberá analizar todos los antecedentes para resolver en un plazo máximo de 30 días hábiles.
En caso de declararse irrecuperabilidad, las licencias pendientes o futuras por el mismo diagnóstico deberán ser rechazadas, y el trabajador será orientado a iniciar su evaluación para pensión de invalidez en las Comisiones Médicas del DL 3.500. Si se confirma que se trata de una enfermedad de curso prolongado, la COMPIN podrá seguir autorizando nuevas licencias médicas, exigiendo reevaluaciones periódicas al menos cada tres meses.
La Circular incorpora el Anexo N°3, un documento estandarizado que la COMPIN deberá utilizar para comunicar formalmente al trabajador la resolución de irrecuperabilidad, detallando exámenes, evaluaciones, fundamentos y pasos a seguir.
La normativa comenzará a regir el 2 de marzo de 2026, otorgando tiempo para que las COMPIN del país actualicen sus procedimientos internos.
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