Muestreo de Asbesto
La resolución exenta número 2.357 del ISP aprueba el Protocolo para la toma de muestras de materiales en que existe o se sospecha la presencia de asbesto en los lugares de trabajo.
El Decreto Supremo 594 establece que se prohíbe el uso del tipo de asbesto crocidolita (asbesto azul) en los lugares de trabajo y que la sustancia está clasificada como “A.1”, por estar comprobadamente catalogada como cancerígena para el ser humano. Por otra parte, determina que el asbesto (polvo y fibra) es un residuo peligroso.
El objetivo de este Protocolo es establecer una metodología estandarizada para la toma de muestras representativas en materiales, en los cuales existe o se sospecha la existencia de fibras de asbesto, así como de instrumentos que pueden ayudar a detectar preliminarmente la presencia de esta sustancia.
Este protocolo describe el procedimiento a seguir y el equipamiento necesario para tomar muestras de materiales en los cuales existe o se sospecha la presencia de fibras de asbesto para su posterior análisis.
Descarga la resolución exenta 2357 del ISP de 2021
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