¿Cómo calcular el pago de licencia médica?
Se ha solicitado a la SUSESO la revisión del cálculo de los subsidios por incapacidad temporal que el Organismo Administrador de una trabajadora la cual no estaría de acuerdo tanto con la configuración de la base de cálculo de estos beneficios y sus remuneraciones y/o subsidios integrantes, como con el monto de las prestaciones que se le han cursado por este concepto, requiriendo se analice esta situación.
Está situación sucede al no existir remuneraciones suficientes en los meses a promediar, el Organismo Administrador deberá considerar para el cálculo del subsidio la remuneración pactada en el contrato de trabajo vigente, respetando en el caso que proceda, los días y monto que registre por concepto de subsidios por incapacidad laboral, en el o los meses que corresponda.
Poe lo tanto la SUSESO indicó que, si no existen remuneraciones suficientes para enterar los meses a promediar, para el cálculo, el Organismo Administrador deberá considerar la remuneración pactada en el contrato de trabajo vigente, respetando en el caso que proceda, los días y monto que registre por concepto de subsidios por incapacidad laboral, en el o los meses que corresponda.
Dictamen 164680 de la SUSESO de 2021
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