teletrabajo en el extranjero

Trabajador residente en el extranjero

Se ha solicitado a la DT un pronunciamiento sobre un caso puntual de teletrabajo, el trabajador se encuentra residiendo actualmente en Francia, pero cuenta con un contrato indefinido con una empresa audiovisual, el cual se celebró en enero de 2019 y sus funciones consisten en editar material audiovisual.

Como se mencionó en el Ordinario 2318 de la DT “La ley es obligatoria para todos los habitantes de la Republica, incluso los extranjeros”, es por esto que la Ley Chilena no rige ni obliga a chilenos ni extranjeros domiciliados en Chile cuando se encuentran en el extranjero. Excepcionalmente a los chilenos que se encuentran en el extranjero les es aplicable la Ley chilena en específicas y taxativas situaciones: Estado civil, capacidad para celebrar actos jurídicos que produzcan efectos en Chile, y, en las obligaciones y derechos que nacen en las relaciones de familia, solo respecto de sus cónyuges y parientes chilenos.

Por lo cual no resulta legalmente procedente otorgar efectos en el extranjero a la Ley 21.220, aun habiendo un acuerdo entre empleador y trabajador.

Descarga el Ordinario 2417 de la DT de 2021

Este contenido esta reservado para nuestros miembros premium, accede como miembro. Si todavía no eres miembro, accede con el link naranjo de patreon, para convertirte en miembro y poder acceder a todo el contenido descargable.

Agregar un comentario

Su dirección de correo no se hará público. Los campos requeridos están marcados *