Modificación al Código del Trabajo
La Ley Dominga tiene por objeto ayudar a los padres que han sufrido una muerte gestacional o perinatal de un hijo o hija, exigiendo que todas las instituciones de salud cuenten con un protocolo en caso de muerte perinatal, con manejo clínico y acompañamiento psico-emocional para contener a la madre, al padre y al núcleo más cercano.
Está Ley modifica el Código del Trabajo y aumenta los números de días de permiso para el padre o madre que sufra la pérdida de una hija o hijo, por lo cual deberemos incluirla dentro de los RIOHS de nuestras empresas.
El nuevo Artículo 66 del código del trabajo indica lo siguiente “En caso de muerte de un hijo, todo trabajador tendrá derecho a diez días corridos de permiso pagado. En caso de la muerte del cónyuge o conviviente civil, todo trabajador tendrá derecho a un permiso similar, por siete días corridos. En ambos casos, este permiso será adicional al feriado anual, independientemente del tiempo de servicio. Igual permiso se aplicará, por siete días hábiles, en el caso de muerte de un hijo en período de gestación, y por tres días hábiles, en caso de la muerte del padre o de la madre del trabajador.”
Antes de esta Ley, el permiso era de 7 días corridos en caso de muerte de un hijo o hija y de 3 días hábiles, en caso de muerte gestacional.
Descarga la Ley N° 21.371 del MINSAL de 2021
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