Cuarentena por COVID positivo
Se han realizados modificaciones al Ordinario 2936 de la Subsecretaría de Salud Pública, dentro de las cuales se anunció que a partir del día 27 de septiembre se modificarían las cuarentenas para aquellos casos confirmados de COVID-19 y los contactos estrechos.
Aislamiento y cuarentena:
Casos positivos a SarsCov-2
- Asintomático, sintomático leve o moderado: El aislamiento terminará cuando han transcurrido al menos 3 días si fiebre y 10 días desde la aparición de síntomas o la toma de muestra.
- Severo (hospitalizado): El aislamiento terminará cuando han transcurrido al menos 3 días si fiebre y 14 días desde la aparición de síntomas.
- Casos confirmados con inmunocompromiso: El aislamiento terminará cuando han transcurrido al menos 3 días si fiebre y 21 días desde la aparición de síntomas.
Contacto estrecho de pacientes COVID-19
- Los contactos estrechos con esquema completo de vacunación el periodo de cuarentena corresponderá a 7 días desde el último contacto.
- Los contactos estrechos sin esquema completo de vacunación el periodo de cuarentena corresponderá a 10 días desde el último contacto.
Aislamiento en caso de Variante Delta:
- En el caso de pacientes positivos deberán realizar cuarentena durante 10 días, en donde el día 7 deberá realizarse un test de antígeno, si este test es positivo deberá realizar cuarentena hasta el día 14 del inicio de síntomas o toma de muestra.
- En el caso de los contactos estrechos se deberá seguir las indicaciones del punto “Contacto estrecho de pacientes COVID-19” y se realizará un seguimiento por 14 días.
Adicionalmente se realizan las siguientes modificaciones
Contacto estrecho
- Se modifica la cantidad de días a la cual la persona estuvo expuesta a un caso confirmado, se modifica de “2 días antes y hasta 11 días después del comienzo de los síntomas o la toma de muestra de la persona infectada” a “2 días antes y hasta 10 días después del comienzo de los síntomas o la toma de muestra de la persona infectada”
Contacto estrecho Variante Delta
- La persona estuvo expuesta a un caso confirmado, se modifica de “2 días antes y hasta 10 días después del comienzo de los síntomas o la toma de muestra de la persona infectada, por 15 minutos o más independientemente del uso de la mascarilla”
- En el caso de viajeros en bus, se considerarán contactos estrechos todos aquellos pasajeros del bus, a menos que el bus sea de dos pisos, en ese caso los contactos estrechos corresponderán a los pasajeros del mismo piso. Esto se aplica para pasos fronterizos.
Descarga el Ordinario 3185 Subsecretaría de Salud Pública de 2021
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Actualización 29-09-2021
Descarga la Resolución Exenta N° 981 del MINSAL de 2021
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