Patologías MEES para cargadores y repartidores de bebidas de fantasía
La Circular 3615 de la SUSESO de 2021, corresponde a la implementación de la guía para el estudio de puesto de trabajo en trabajadores cargadores y repartidores de bebidas de fantasía.
La presente circular incorpora la guía para la aplicación del estudio de puesto de trabajo (EPT) para Cargadores y Repartidores de Bebidas de Fantasía y Afines con Patologías Musculoesqueléticas de Extremidad Superior, entre otros aspectos. Modificando así el titulo referente a enfermedades profesionales y la denuncia, calificación y evaluación de incapacidades permanentes del Compendio de Normas del seguro social de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de la Ley 16.744.
El propósito de esta guía proporcionar un marco referencial para la correcta identificación de los factores de riesgo de patologías musculoesqueléticas de extremidad superior y su documentación o registro en los Estudios de Puesto de Trabajo de los cargadores y repartidores de bebidas de fantasía, que permita el análisis para una adecuada calificación del origen de las enfermedades musculoesqueléticas de la extremidad superior de estos trabajadores.
Los objetivos específicos de la Guía para la aplicación del estudio de puesto de trabajo (ept) en cargadores y repartidores de bebidas de fantasía y afines con patologías musculoesqueléticas de extremidad superior son:
- Identificar tareas críticas y operaciones críticas.
- Identificar rangos de movimiento críticos.
- Registrar en forma correcta y completa en el formato de Estudio de Puesto de Trabajo los antecedentes necesarios para analizar adecuadamente los riesgos biomecánicos presentes en esta actividad, tales como postura estática, fuerza aplicada, movimientos repetitivos, factores asociados, entre otros.
Descarga la Circular 3615 de la SUSEDO de 2021
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Estimados y estimadas de Alerta Prevención.
Revisan cada uno de ustedes, mis más sinceras felicitaciones por su labor que se han autoimpuesto, de mantener informado y actualizado todo el tiempo, a nuestra área de la Prevención de Riesgos Laborales.
Pasando a otro punto, consulto lo siguiente:
Respecto a la descarga de mercaderías en un Negocio o Supermercado, ¿Hasta donde se le puede pedir al personal de descargadores o peonetas, dejar las cajas?, entendiendo que hay ocasiones, en que la bodega está en un segundo piso.
Reiterando mis Felicitaciones y agradecimientos hacia cada uno de ustedes, me despido con un fuerte abrazo y que tengan unas Felices Fiestas Patrias.
Muchas gracias Hugo, con respecto a la consulta se debería evaluar cada caso y aplicar el protocolo de manejo manual de carga en caso que se requiriera que los trabajadores deban trasladar la mercadería de forma manual además de solo descargar, en este caso el camión o camioneta. Lo dejo cordialmente invitado a la emisión de este miércoles a las 18:00 hrs por el canal de youtube de sys en movimiento, ahí podrá realizar más consultas si así lo requiere.
Saludos