Instrucciones para Comités Paritarios en la emergencia sanitaria

Resumen del dictamen 1239 – 2020 SUSESO

Instrucciones para Comités Paritarios del sector público

Considerando las distintas consultas realizadas por los servicios públicos a la Supertintendencia de Seguridad Social, relativos a los incumplimientos de los procesos de constitución y reuniones de los comités paritarios de higiene y seguridad, a raíz de la emergencia sanitaria por Covid 19, es que la SUSESO impartió las siguientes instrucciones a los comités paritarios de los servicios públicos:

  • Los procesos de elección y constitución de los comités paritarios deberán ser postergados, hasta que puedan ser realizados con normalidad.
  • Aquellos comités paritarios que terminan su vigencia en los meses que dura la emergencia sanitaria, deberán seguir en sus cargos hasta que se puedan realizar las nuevas elecciones de cphs.
  • Cuando el servicio público determine suspender las reuniones presenciales, también deberá suspender las reuniones de comité paritario. Posteriormente, cuando se retorne a la normalidad, en la primera acta de reunión del cphs, se deberá indicar el motivo por el cual no se realizaron las reuniones anteriores.
  • En caso de que el servicio cuente con medios tecnológicos para continuar realizando las reuniones de comité paritario, deberá enfocar las temáticas de la reunión en las medidas de seguridad para el control de la propagación del COVID 19 y de las medidas de seguridad para el teletrabajo.

Agregar un comentario

Su dirección de correo no se hará público. Los campos requeridos están marcados *