teleoperadores

Exámenes preventivos anuales para teleoperadores

Una entidad bancaria se dirige a la DT para resolver diversas dudas respecto a la Ley 21.142, sobre teleoperadores y la Ley 21.220, respecto a Teletrabajo.

  • Respecto a los exámenes anuales preventivos a los que deben someterse los teleoperadores se indica que es deber del empleador solicitar al OAL la realización de los exámenes a sus trabajadores, para que se determine su pertinencia.
  • Respecto al lugar habilitado por el empleador se indica que las condiciones ambientales de seguridad y salud en el trabajo estarán establecidas en un reglamento que debe realizar el Ministerio del Trabajo en conjunto al Ministerio de Salud, pero sin prejuicio de esto, se deberán aplicar las normas generales de Higiene y Seguridad previstas en el Artículo 184 del Código del Trabajo y el D.S. 594.

Finalmente, la DT indica que:

La realización de los exámenes preventivos anuales a que deben someterse los teleoperadores corresponderá a los organismos administradores del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que establece la Ley N°16.744. A su vez, las condiciones ambientales, de seguridad y salud en el trabajo que deben cumplir los establecimientos destinados a prestar servicios como centro de contacto o llamadas, serán determinadas por un reglamento conjunto de los Ministerios de Salud y del Trabajo y Previsión Social.

Descarga el Ordinario 1151 de la DT de 2022

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Descarga el Decreto N°9 del Ministerio del Trabajo de 2021

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2 thoughts on “Teleoperadores y teletrabajo”
  1. Buenas tardes consulta:
    ¿es obligatorio realizar los exámenes para la empresa? llame a mi oal pero no tenían mayor información y cuando les dije en que ley aparecía dijeron que era voluntario, por eso tengo dudas
    para que sea catalogado bajo esta ley ¿debe decir en el contrato teleoperador o en la actividad centro de llamados? en mi empresas dice ejecutivo de ventas y actividades de call center

    1. Hola Katherine, todo lo que se dicta por Ley no puede ser voluntario, es obligatorio, en este caso es la empresa que debe solicitar al OAL la realización de los examenes ocupacionales.

      Adicionalmente los teleoperadores se definen como “un agente que se pone en contacto directo con un cliente a través de una llamada telefónica, es decir, es un especialista en el uso del teléfono como herramienta de trabajo. Atiende al usuario de un servicio al objeto de resolver sus dudas, incidencias y reclamaciones.”, por lo cual estarían dentro de las definiciones correspondiente a teleoperadores si cumple con la descripción.

      Saludos

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