ingreso a chile COVID-19

Desde el inicio de la pandemia, existen diferentes normativas que rigen el ingreso de personas al país por los distintos puntos fronterizos. Desde el 19 de octubre y con las recientes modificaciones introducidas por el Minsal, los pasajeros que llegan a Chile desde el extranjero tendrán nuevos permisos y exigencias.

¿Quiénes pueden ingresar a Chile?

 Las fronteras del país están cerradas, por lo que sólo pueden ingresar los chilenos y los extranjeros residentes de manera regular en el territorio nacional. A partir del 10 de octubre, se permite ingresar excepcionalmente a los padres, hijos y cónyuges extranjeros de chilenos y extranjeros residentes de manera regular en Chile. Para ingresar al país se deben cumplir las exigencias indicadas en el “instructivo para personas que ingresen a Chile desde el extranjero”.

Antes de viajar, se debe completar con anticipación, el formulario de la Declaración Jurada del Viajero (disponible en www.c19.cl), ya que es obligatorio presentarla al momento del ingreso al país.

¿Cuál es el procedimiento de ingreso a Chile?

Las personas que ingresan al país deben realizar un Control Migratorio y un Control Sanitario, los cuales se explican a continuación:

Control Sanitario: se realiza por la Autoridad Sanitaria y en él se debe presentar la Declaración Jurada del Viajero.

Control Migratorio: se realiza por la Policía de Investigaciones (PDI) y en él se deben presentar los documentos de viaje, ya sean cédula de identidad, pasaporte y certificados de residencia. Este control es permanente, independiente de la pandemia.

¿Cuáles son las medidas sanitarias al ingresar al país?

Todas las personas que ingresan al país, cualquiera sea su país de procedencia, deben realizar una cuarentena obligatoria de 14 días desde la fecha de ingreso y quedarán en un periodo de vigilancia de viajeros por este tiempo. Durante este periodo, en cualquier momento la autoridad sanitaria podrá solicitar antecedentes de su viaje y sus condiciones de salud. Quien ingresa al país por una región distinta a la de destino, podrá continuar con su viaje durante las primeras 24 horas posteriores al ingreso al país en medios de trasporte público y privado, cumpliendo las medidas sanitarias.

¿Dónde debo realizar mi cuarentena?

Los 14 días de cuarentena deben cumplirse en una única dirección definida por el pasajero, la cual deberá informarse en la Declaración Jurada del Viajero y a la cual podrá asistir personal de la autoridad sanitaria para fiscalizar su cumplimiento.

¿Puedo eximirme de la cuarentena obligatoria de 14 días?

 Se puede de dos formas:

Si el pasajero declaró en la “Declaración Jurada del Viajero” haberse realizado un examen PCR con no más de 72 horas de anticipación al ingreso a Chile, y presenta el informe de laboratorio con resultado negativo, realizado por un laboratorio reconocido en el país de origen, la persona podrá ingresar a Chile sin cumplir cuarentena.

Si, habiendo ingresado a Chile y estando en cumplimiento de la cuarentena de 14 días, se realiza un examen PCR con resultado negativo, la persona quedará eximida de la cuarentena al momento de recibir el resultado negativo de dicho examen y deberá seguir cualquier otra instrucción entregada por la autoridad sanitaria.

Descarga el Instructivo para Personas que ingresen a Chile desde el extranjero

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